Hacia un nuevo contrato pedagógico en la era de la IA

Marcelo

El concepto de “Contrato Didáctico” fue desarrollado por Guy Brousseau, a fines de la década del 60. El contrato didáctico refiere a las reglas implícitas y explícitas que rigen las relaciones entre el profesor, el alumno y el saber en una situación didáctica. Es un conjunto de comportamientos específicos esperados del maestro para con el alumno y del alumno para con el maestro, con respecto al conocimiento enseñado. Este contrato, según Brousseau, regula las obligaciones y derechos de cada parte.

De acuerdo con Brousseau, el contrato didáctico influye en cómo se produce el aprendizaje y cómo se resuelven los problemas derivados del mismo.

El funcionamiento del contrato didáctico supone la existencia de la llamada “trasposición didáctica”, es decir, la conversión del conocimiento científico en “saber a enseñar”. Esto ocurre por la dinámica que se produce en el “milieu”, que es el entorno físico, social y cultural en el que se produce el aprendizaje y donde el estudiante construye su conocimiento, y juega un papel importante en la determinación del conocimiento que el sujeto debe adquirir.

No se trata de una simple herramienta, sino de un elemento fundamental de la relación didáctica que el profesor modifica para provocar nuevas adaptaciones y construcciones de conocimiento en el alumno.

En este espacio, será necesario ejercer una cuidadosa vigilancia epistemológica sobre los cambios que se producen en el objeto de conocimiento; la transformación del saber deberá restringirse al mínimo a fin de no afectar su naturaleza; y el objetivo final del aprendizaje será que el alumno pueda hacer funcionar ese saber en situaciones donde el docente ya no estará presente. El alumno está inmerso en la situación didáctica, siendo el propósito llegar a utilizar ese saber en situaciones no-didácticas.

Gil Galvan propuso el concepto de “contrato de aprendizaje” que se define como un acuerdo compartido en el que se establecen explícitamente las funciones, responsabilidades, contenidos, competencias, metodologías, actividades, roles, resultados esperados y la evaluación. Gil-Galvan han definido en este marco, tres categorías de competencias humanas: 1. Las competencias técnicas (saber); 2. Las competencias metodológicas (saber hacer) y 3. Las competencias personales (saber ser).

Las competencias técnicas (saber) representan la combinación de conocimientos generales o especializados y dominio de destrezas necesarias para desempeñar tareas acordes al ámbito profesional al que se pertenece; las competencias metodológicas (saber hacer) permiten adquirir experiencias transferibles a diversos escenarios, lo que favorece poner en práctica los conocimientos adecuados para resolver problemas de forma autónoma; y, por último, las competencias personales (saber ser) capacitan para actuar de forma responsable, constructiva y comunicativa mediante la toma de decisiones ante situaciones vinculadas a lo académico, laboral y personal (Gil-Galván et al., 2021, p. 276)

La intención de este artículo es preguntarnos; ¿De qué manera se transforma contrato didáctico en la era de la AI?

En primer lugar, el "milieu" podría redefinirse como: “Un ecosistema de aprendizaje dinámico, interconectado e inteligente que está permeado por la agencia de dispositivos tecnológicos y sistemas de IA (incluyendo agentes generativos y sistemas de análisis de aprendizaje visual). Este entorno va más allá de las condiciones físicas y socioculturales tradicionales, constituyéndose como un espacio híbrido donde las interacciones entre humanos y máquinas inteligentes son constitutivas del aprendizaje y la construcción de conocimiento. En este "milieu", las condiciones externas para el desarrollo y la adquisición de saber incluyen no solo las relaciones implícitas y explícitas (contrato didáctico), sino también la capacidad de la IA para influir en la cognición humana, mediar las relaciones sociales y afectar los valores, exigiendo a los individuos nuevas competencias para interactuar, interpretar, crear y decidir en un contexto colaborativo humano-máquina.

En síntesis, pasamos de una relación “tripartita”, a una “cuatripartita

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¿Cuáles son las implicancias de esta nueva situación?

Algunos ejemplos en la siguiente tabla:

 

Aspecto

Contrato Didáctico Tradicional (Brousseau)

Nuevo Contrato Didáctico en la Era de la IA

Relación con el conocimiento

Centrada en la transmisión y reconstrucción del saber establecido

Centrada en la construcción activa, crítica y creativa con la mediación de sistemas inteligentes

Rol del docente

Transmisor, organizador del conocimiento y regulador de la situación didáctica

Diseñador de escenarios híbridos, mediador entre saberes, guía ético y gestor del entorno humano-máquina

Rol del estudiante

Receptor activo, participante en una situación estructurada

Cocreador, explorador autónomo, con agencia en decisiones sobre herramientas, fuentes y procesos

Dimensión ética

Implícita o dependiente del docente

Central, vinculada a decisiones sobre privacidad, autenticidad, sesgos, transparencia y resistencia crítica

Evaluación

Basada en el rendimiento individual, el cumplimiento de objetivos definidos

Basada en procesos, autenticidad del trabajo, autoría, responsabilidad ética y colaboración humano-máquina

 

 

La irrupción de la IA generó una disrupción profunda en las relaciones entre profesor, alumno y contenido tal como la conocíamos hasta ahora. El nuevo contrato didáctico requiere de una actitud mucho más activa, creativa y ética por parte de todos los actores de la actual situación didáctica. El nuevo contrato didáctico requiere de una nueva “alianza” por el aprendizaje y la concientización acerca de la importancia del esfuerzo cognitivo frente a un fenómeno que, como mencionamos anteriormente, puede tornarse problemático y aún hostil.

Delia Lerner sostenía que deberemos pasar de la idea “paso a paso y acabadamente”, a aquella que propone “compleja y provisoriamente”.

Con la irrupción de la IA propondremos la siguiente; “Interactiva, consciente y éticamente”, para dar cuenta de las tres componentes centrales del nuevo contrato didáctico: 1. La oportunidad de contar con un interlocutor cognitivo inteligente; 2. La necesidad de concientizar y concientizarnos acerca de la necesidad de una inversión renovada en el aprendizaje; y 3. La revaloración de la dimensión ética que involucra el compromiso de profesor y alumno con el aprendizaje.

La irrupción de la IA en la enseñanza nos desafía a diseñar un nuevo contrato, en el cual una actitud ética y la concientización acerca de la importancia del aprendizaje son pilares claves.

 

Fuentes

Brousseau, G., Le contrat didactique: le milieu. Recherches en didactique des mathématiques, 1990. 9(9.3): p. 309-336.

Chevallard, Y. On didactic transposition theory: Some introductory notes. in Proceedings of the international symposium on selected domains of research and development in mathematics education. 1989.

Brousseau, G., Fondements et méthodes de la didactique des mathématiques. Recherches en didactique des mathématiques (Revue), 1986. 7(2): p. 33-115.

Gil-Galván, M.R., I. Martín Espinosa, and F.J. Gil Galván, El Contrato de Aprendizaje como estrategia para fomentar las competencias comunicativas. 2024.